Entra en vigencia en Chile la “Ley Karin” para combatir el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo

El próximo 1° de agosto entrará en vigencia en Chile la “Ley Karin”, una nueva normativa que busca abordar el acoso laboral, sexual y la violencia en el ámbito laboral. Esta legislación, oficialmente publicada el 15 de enero de 2024 como Ley N° 21.643, busca promover entornos laborales seguros y equitativos, con una marcada perspectiva de género.

La “Ley Karin”, formalmente publicada el 15 de enero de 2024 en el Diario Oficial como Ley N° 21.643, modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para reforzar la prevención, investigación y sanción del acoso y la violencia en el trabajo. La ley se alinea con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), recientemente ratificado por Chile, que busca erradicar la violencia y el acoso en el ámbito laboral.

Según cifras de la Dirección del Trabajo, entre enero de 2022 y abril de 2024 se han recibido 4.645 denuncias de acoso laboral, el 67,8% de las cuales fueron presentadas por mujeres. Además, se registraron 2.248 denuncias relacionadas con acoso sexual, afectando directamente a 1.238 trabajadores, de los cuales el 93,1% son mujeres. Estos datos subrayan la necesidad urgente de medidas más estrictas y efectivas para proteger a los empleados.

Principales disposiciones de la Ley Karin

La Ley Karin introduce nuevas definiciones legales y perfecciona las existentes, abordando específicamente el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Además, incorpora explícitamente la perspectiva de género en el Art. 2 del Código del Trabajo.

Entre las medidas más destacadas, la ley establece la obligación de las empresas y organismos del Estado de implementar protocolos de prevención del acoso y la violencia. Estos protocolos deben incluir la identificación de riesgos psicosociales, medidas preventivas y de control, así como la capacitación adecuada de los trabajadores sobre los riesgos y las medidas de protección.

Investigación y sanción

La ley también introduce cambios significativos en los procedimientos de denuncia, investigación y sanción. Los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género guiarán estos procesos. Las denuncias podrán ser presentadas por escrito o de manera oral, y los empleadores estarán obligados a tomar medidas inmediatas para proteger a los denunciantes, incluyendo la atención psicológica temprana.

Si una denuncia es presentada ante la Inspección del Trabajo, esta entidad solicitará al empleador la adopción de medidas de resguardo dentro de un plazo máximo de dos días. En caso de que la denuncia se realice directamente ante la empresa, esta podrá efectuar una investigación interna o remitir los antecedentes a la Inspección del Trabajo en un plazo de tres días hábiles.

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