Brasil da marcha atrás en la obligatoriedad de los reportes de sostenibilidad y apuesta por un modelo voluntario

La autoridad reguladora del mercado de capitales de Brasil decidió modificar uno de los pilares de su estrategia de divulgación de información sobre sostenibilidad. Mediante una reforma normativa anunciada el 29 de mayo, la Comisión de Bolsa y Valores (CVM) eliminó la obligación que tenían las empresas cotizadas de adoptar, en el futuro, estándares internacionales para reportar información financiera vinculada a cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).

Foto: Murilo Fonseca / Pexels.

La decisión supone un cambio significativo respecto del rumbo que el propio organismo había trazado cuando aprobó la Resolución CVM 193. Aquella norma había establecido un período inicial de adopción voluntaria de los estándares desarrollados por el Comité Brasileño de Pronunciamientos de Sostenibilidad (CBPS) y el International Sustainability Standards Board (ISSB), seguido por una etapa de implementación obligatoria para las compañías abiertas.

Ahora, mediante la nueva Resolución CVM 244, el regulador revierte ese esquema y devuelve a las empresas la facultad de decidir si reportan o no bajo esos estándares.

La CVM justificó el cambio argumentando que busca preservar la transparencia y la comparabilidad de la información, sin interferir en la capacidad de las organizaciones para evaluar los costos y beneficios asociados a la producción de reportes de sostenibilidad. En otras palabras, el organismo concluyó que la decisión sobre la adopción de estos estándares debe permanecer en manos de las propias compañías y no convertirse en una exigencia regulatoria generalizada.

La modificación se produce en un momento en que distintas jurisdicciones alrededor del mundo debaten el alcance de las obligaciones corporativas en materia de divulgación ESG. Mientras algunos mercados avanzan hacia esquemas más exigentes y estandarizados, otros reguladores enfrentan cuestionamientos por los costos operativos, legales y administrativos que estos requerimientos pueden generar para las empresas.

En Brasil, la reforma elimina la principal innovación de la resolución original: la obligatoriedad futura de reportar información financiera relacionada con la sostenibilidad. Con ello, las compañías abiertas pasan a tener un tratamiento similar al que ya regía para fondos de inversión y sociedades securitizadoras, sectores para los cuales nunca estuvo prevista una adopción forzosa de los estándares.

Sin embargo, la CVM decidió mantener intacto otro aspecto central del sistema: la calidad técnica de los reportes. Las empresas que opten por divulgar información financiera de sostenibilidad deberán continuar utilizando los estándares del CBPS y del ISSB, una condición que busca garantizar la consistencia metodológica y facilitar la comparación entre emisores.

El nuevo modelo introduce además un mecanismo de transparencia basado en el principio de “practique o explique”. Bajo este esquema, las empresas que decidan no adherir a los estándares deberán comunicar formalmente esa decisión al mercado. La lógica detrás de esta exigencia es que los inversionistas dispongan de información suficiente para evaluar las razones de la compañía y considerar ese factor en sus análisis de riesgo e inversión.

La reforma también aborda uno de los puntos más controvertidos de la normativa anterior. La versión original establecía que cualquier entidad que comenzara a reportar información de sostenibilidad quedaba obligada a mantener esa práctica de forma permanente. Según la CVM, esa disposición podía generar un efecto no deseado: desalentar que las empresas experimentaran con la adopción voluntaria por temor a asumir un compromiso irreversible.

La nueva resolución elimina esa obligación perpetua y la reemplaza por un criterio más flexible. Las entidades que decidan reportar deberán hacerlo durante al menos tres ejercicios fiscales consecutivos. Si posteriormente optan por abandonar el esquema, deberán informar esa decisión al mercado con un ejercicio de anticipación.

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