En distintos ámbitos empresariales hay una difusión e intercambio significativo sobre procesos regulatorios de países desarrollados relacionados con aspectos ambientales y sociales, en base a distintos enfoques, como por ejemplo la Conducta Empresarial Responsable de OCDE, los Principios Rectores de Empresas y DDHH de Naciones Unidas y otros de similares características y relevancia. Por Fernando Passarelli, Especialista en Sostenibilidad en las Cadenas de Valor.

Sobre la base de los claros antecedentes en cuanto al daño que han causado las malas prácticas empresariales, no caben dudas sobre la pertinencia de estos enfoques a los que podríamos denominar genéricamente como de XX.
Varios países y regiones en base a estos enfoques, están encarando procesos regulatorios que no sólo afectan a su comercio interior, sino también a su intercambio con otros países y regiones, y es allí donde la duda aparece:
¿Hasta dónde es ético que un país o región utilice estos enfoques como una excusa para regular el ingreso de productos o servicios a sus mercados?
Varios de nosotros que peinamos (varias) canas, recordaremos una función esencial de la Organización Mundial del Comercio (WTO, en sus siglas en inglés), que era la de evitar que normas técnicas, comúnmente llamadas para-arancelarias sean usadas para restringir indebidamente el ingreso de bienes y servicios a los mercados. Hoy, la actividad de la OMC es casi inexistente en tal sentido.
Algunos sectores empresariales comienzan a ver en estas tendencias un riesgo del uso de estos enfoques para justificar la implantación de medidas proteccionistas para evitar o reducir a su mínima expresión posible el ingreso de productos a sus mercados.
Por caso, el autoajuste en frontera que Europa estaría aplicando en función de la presunción de ausencia de prácticas ambientales para la reducción de la huella, es tal vez la más novedosa.
Todo esto, está también reforzado por la tendencia de jueces que operan bajo el criterio precautorio, en el que invirtiendo la carga de la prueba, obligan a las empresas a tener que probar su inocencia para operar, lo que configura un antecedente preocupante.
Las implicancias de estos avances, pueden generar serios conflictos comerciales entre países y regiones, y altos extra-costos en el comercio por la aplicación de regímenes probatorios destinados a cumplir con estos requisitos.
Encontrar un adecuado balance en los impactos cruzados entre las dimensiones ambientales, sociales y económica, no es sólo un imperativo para las empresas privadas, sino también un mandato para la política pública en estos tiempos tan sensibles.